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ALTAS Y BAJAS DE TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS A REALIZAR POR EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LA MUGEJU
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1.-A partir de 1 de mayo de 2013 la Compañía que se hace cargo de la asistencia sanitaria de carácter urgente para desplazamientos temporales al extranjero es MAPFRE. Dicha Compañía sustituirá a partir de dicha fecha a la actual Compañía SOS la cual dejará de prestar la citada asistencia el 30 de abril de 2013.
El número de póliza para esta asistencia es el 658-34
Teléfono de asistencia +34915811823
El número de póliza para esta asistencia es el 658-34
Teléfono de asistencia +34915811823
2.-Asimismo se informa que al cumplir el séptimo mes de baja deberán presentar solicitud del subsidio por incapacidad temporal cuyo impreso está colgado en la página web de la mutualidad para que se abonen los complementos a detraer desde ese mes. (SOLICITUD DEL SUBSIDIO)
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AYUDAS DEL PROGRAMA DEL PLAN DE ATENCION SOCIO-SANITARIA DE LA MUGEJU
MINISTERIO DE JUSTICIA
3249
Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa del Plan de Atención Socio-Sanitaria.
1. Programas y modalidades de ayudas
1.1 Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:
a) Programa de atención a personas mayores.
b) Programa de atención a personas con discapacidad.
c) Programas de atención a personas drogodependientes.
3.5.3 Plazo de presentación.
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 1 de diciembre de 2013.3.6.2 Duración: La fecha de inicio del derecho del devengo de las ayudas de esta convocatoria no podrá ser anterior al primer día del mes de presentación de la solicitud, sin perjuicio de lo establecido en la disposición final de esta Resolución. Este derecho será efectivo hasta el 31 de diciembre de 2013, salvo que se produzcan causas de extinción del derecho de devengo con anterioridad a esta fecha
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3.7.3 Facturas: Las facturas justificantes del gasto deberán de ser originales y reunir los requisitos legales y reglamentarios exigibles, debiendo dejar constancia de su pago o, en su caso, acompañarse del recibo acreditativo del abono de su importe. Los referidos documentos no han de presentar enmiendas o raspaduras en ninguno de los elementos que los conforman.Acceso al documento completo: http://www.boe.es/boe/dias/
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CÓDIGO NORMATIVO DE MUGEJU, MUFACE E ISFAS
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DEVOLUCIÓN DE CUOTAS DE DERECHOS PASIVOS Y COTIZACIÓN A MUGEJU RETENIDAS EN LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DEL 2012
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ACUERDO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CON MUGEJU, ISFAS Y MUFACE
- Cambio ordinario de entidad médica:
- Plazo: (Desde el 1 al 31 de enero del 2013)
Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.
Podéis acceder asimismo a la Mutualidad a través del enlace que en el blog encontrareis en la página de Mugeju o en el anterior enlace CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA .-
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MODIFICACIONES EN PRESTACIONES Y AYUDAS DE LA MUGEJU
(Estudio realizado por los compañeros de Cádiz)
REQUISITOS PARA EL FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL
AYUDAS TRATAMIENTOS PSICOTERAPIA Y LOGOPEDIA
AYUDAS SOCIOSANITARIAS
DEROGACION DE LA CIRCULAR 72/2008
GASTOS POR SEPELIO
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PRÓRROGA DEL CONCIERTO SANITARIO DE LA MUGEJU PARA EL 2013
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PÉRDIDA DE VIGENCIA DE LOS ANTIGUOS MODELOS DE RECETAS MUGEJU
Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de disp ensación,( B.O.E. 20/01/2011), a p artir del día 21/01/2013, sólo será válido el nuevo modelo de receta médica que ha venido siendo distribuido a lo largo de 2012, p or lo que se ruega a todos los mutualistas que no disp ongan del nuevo modelo, p rocedan a solicitarlo en su Delegación corresp ondiente p or la vía ordinaria, mediante solicitud debidamente cump limentada, en p ersona, p or correo ordinario, p or correo electrónico, p or fax ó a través de nuestra p ágina web con su acreditación electrónica corresp ondiente.
Se informa que el nuevo modelo de receta se distingue de los que dejarán de tener validez a p artir del 21/01/2013, p or que su númer o identificativo va p recedido p or la letra Z.
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CUOTA MUGEJU Y DERECHOS PASIVOS 2013
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CIRCULAR DE MUGEJU SOBRE ALTAS Y BAJAS DE BENEFICIARIOS
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Servicio de Comida a Domicilio
La Empresa UCALSA – de Servicio de Comida a Domicilio – ha realizado a la Mutualidad General Judicial una OFERTA ESPECIAL para sus mutualistas en activo, beneficiarios y pensionistas.
La cobertura del servicio se extiende a:
- Comunidad de Madrid.
- Castilla La Mancha: Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara.
- Castilla y León: Ávila y Segovia.
- Andalucía: Córdoba, Sevilla y Cádiz.
- Comunidad Valenciana: Alicante y Valencia.
Dicha cobertura se localiza exclusivamente en la ciudades expuestas con anterioridad a excepción de Madrid que abarca toda la Comunidad y Alicante que lo hace a toda la Provincia.
- NO ES UNA PRESTACIÓN NI UN SERVICIO DE LA MUTUALIDAD -
Para información, consultas y pedidos, llamar al
TELÉFONO GRATUITO de la Empresa : 900.102.585
Más Información
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En el BOE de hoy 20 de febrero sale
publicada Resolución de 7 de febrero de la Mutualidad General Judicial,
por la que se regula la asistencia sanitaria de los mutualistas fuera
del territorio nacional. BOE de 20-02-2012
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5-01-2012. Se ha abierto el plazo ordinario para que aquellos/as mutualistas que lo deseen puedan cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria siendo el plazo para cambios ordinarios del 1 al 31 de Enero (Para más información acceder a este enlace o circular de este blog.

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