viernes, 19 de diciembre de 2014

PLAN DE FORMACIÓN SECRETARIOS JUDICIALES Y MÉDICOS FORENSES

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2014, DE CONVOCATORIA GENERAL DE 100 ACTIVIDADES DEL PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA 2015 PARA LA CARRERA FISCAL Y CUERPOS DE SECRETARIOS JUDICIALES, ABOGADOS DEL ESTADO Y MÉDICOS FORENSES

El Consejo del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), en su reunión de 24 de noviembre de 2014, aprobó el Plan de Formación Continua del año 2015 para las siguientes Carreras y Cuerpos: Carrera Fiscal, Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, Cuerpo de Abogados del Estado, Cuerpo de Médicos Forenses y Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos, aprobado por Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre (BOE de 17 de octubre),

RESUELVO

Primero. Convocatoria General de actividades de Formación Continua para 2015.

Se convocan las actividades formativas incluidas en el Plan de Formación Continua de 2015 que figuran en el Anexo 1.

Las normas reguladoras de la asistencia a las actividades formativas para el ejercicio 2015 se incluyen en el Anexo 2 de esta resolución.

Segundo. Destinatarios.

La formación se dirige a miembros de las siguientes Carreras o Cuerpos: Carrera Fiscal, Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, Cuerpo de Abogados del Estado, Cuerpo de Médicos Forenses y Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), que se encuentren en situación administrativa de servicio activo.

Podrán solicitarse plazas en todas las actividades comprendidas dentro del Plan de Formación de la Carrera o Cuerpo correspondiente, así como las plazas abiertas en las actividades formativas de los planes de formación de otras Carreras o Cuerpos.

Tercero. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes de participación en las acciones formativas que se convocan deberán presentarse únicamente a través de la página web del Centro de Estudios Jurídicos: www.cej-mjusticia.es

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentación de solicitudes comenzará el 16 de diciembre de 2014 y terminará a las 15:00 horas del 16 de enero de 2015.

Quinto. Número máximo de actividades formativas que pueden solicitarse y concederse.

Se podrá solicitar hasta un máximo de 6 actividades formativas, si bien no se concederán más de 2 actividades ofertadas en esta convocatoria, salvo que existieran plazas vacantes.

Sexto. Criterios de selección y asignación de plazas a los solicitantes.

En orden a la selección de asistentes, si el número de solicitudes excede del de plazas convocadas, se aplicarán los criterios de selección que a continuación se indican:

1.- En primer lugar, se aplicarán los criterios específicos que, en su caso, se asigne en el Anexo 1 a cada concreta actividad formativa.

Algunas actividades tienen criterios específicos asignados y otras no. Estos criterios específicos pueden dar mayor prioridad a la relación de la actividad formativa con el puesto de trabajo del solicitante, o con la especialidad u orden jurisdiccional en el que preste sus servicios el solicitante.

En otras ocasiones, siempre que así se indique expresamente, estos criterios específicos pueden limitar la concesión de las plazas formativas exclusivamente a los solicitantes que ocupen determinados puestos de trabajo, o pertenezcan a una determinada especialidad u orden jurisdiccional.

2.- En segundo lugar, se dará mayor prioridad a los solicitantes que hayan disfrutado de un menor número de actividades formativas en los dos últimos años (2013 y 2014), dentro de las convocatorias de Formación Continua del Centro de Estudios Jurídicos.

Para el cómputo del número de actividades formativas pasadas no se considerarán los cursos de idiomas en modalidad on line o presencial, actividades formativas incluidas en el Programa Internacional, cursos on line, y aquellas otras actividades cuya asistencia sea de carácter obligatorio.

3.- En tercer lugar, en caso de empate, se dará mayor prioridad a los solicitantes de acuerdo a su posición en el escalafón, salvo cuando los criterios específicos excluyan este criterio de desempate.

En el caso de realizarse la misma actividad formativa en 2 ediciones el solicitante sólo será seleccionado para una de ellas.

Las renuncias y las inasistencias totales o parciales no justificadas a las actividades formativas impartidas en los últimos dos ejercicios (2013 y 2014) se penalizarán en el momento de asignación de plazas a los solicitantes.

Una vez la aplicación informática del Centro de Estudios Jurídicos haya efectuado el proceso automático de atribución de plazas a las solicitudes con mejor derecho (de acuerdo con los criterios de selección correspondientes a cada actividad formativa objeto de la presente convocatoria), el Centro de Estudios Jurídicos remitirá a los seleccionados un correo electrónico informativo en el que se especificarán las actividades formativas en las que queda inscrito cada uno.

Al menos 10 días antes de la fecha de inicio de cada actividad formativa, los seleccionados recibirán información detallada sobre la actividad formativa (directores, ponentes, programa, desplazamientos y alojamientos).

Séptimo. Actividades excluidas de esta convocatoria general.

Serán objeto de convocatoria independiente y específica las siguientes actividades formativas:

1.- Las actividades formativas celebradas en colaboración con las Comunidades Autónomas.

2.- Las actividades internacionales de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ/EJTN).

3.- Las clases de inglés y francés jurídico presencial.

4.- Los cursos on line (cursos de temática jurídica o pericial o cursos instrumentales de ofimática o idiomas).

5.- Aquellas otras actividades formativas cuya fecha u otras circunstancias estén pendientes de determinar.

Octavo. Actividades excluidas de oferta pública.

Quedan excluidas de oferta pública mediante convocatoria del Centro de Estudios Jurídicos aquellas actividades formativas dirigidas a miembros de los diferentes Carreras y Cuerpos en función de sus cargos y/o destinos.

Noveno. Renuncias y asignación de plazas por suplencia.

Las personas seleccionadas que finalmente no pudiesen asistir a las actividades formativas deberán comunicar al Centro de Estudios Jurídicos mediante correo electrónico enviado con suficiente antelación, y en todo caso en un plazo no inferior a 10 días, tanto la imposibilidad de su asistencia como las causas de su renuncia. Se advierte que la no comunicación de este extremo se tendrá en cuenta como penalización para la selección de asistentes a actividades que posteriormente se convoquen.

Con el fin de ocupar las plazas que pudieran resultar de las renuncias, los solicitantes no seleccionados se incluirán en una lista de suplentes ordenada de manera priorizada de acuerdo con los criterios de selección descritos en el apartado Sexto de esta resolución.

El Centro de Estudios Jurídicos comunicará las posibles sustituciones a los interesados en un plazo no inferior a 7 días antes de la fecha de inicio de cada actividad formativa.

Décimo. Comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Corresponde al Centro de Estudios Jurídicos liquidar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención según las cuantías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, a través de la solicitud de oficio de la correspondiente comisión de servicio con derecho a indemnización al Ministerio de Justicia.

No obstante, a efectos de la liquidación de estos gastos por el organismo resulta imprescindible que los comisionados (asistentes a las actividades formativas) remitan al Centro de Estudios Jurídicos la cuenta justificativa de gastos, debidamente firmada (aunque no se haya devengado gasto alguno) y que aporten los justificantes de viajes y facturas de taxis autorizados por la comisión de servicio (siempre documentación original), en el plazo improrrogable de 10 días naturales a partir del día siguiente a la finalización de la correspondiente actividad formativa.

Decimoprimero. Certificados de asistencia.

Según el artículo 3.1.h) de su Estatuto, corresponde al Centro de Estudios Jurídicos expedir los certificados de asistencia a sus actividades formativas.

A tal efecto, el organismo, a través del Área de Formación Continua, efectuará un control de asistencia individualizada a cada una de las distintas ponencias que se desarrollen en cada actividad formativa.

El certificado de asistencia sólo se expedirá cuando se haya acreditado la asistencia al 100% de las ponencias impartidas en cada actividad formativa.

Estos certificados estarán accesibles a partir de los 3 días hábiles posteriores a la finalización de cada actividad formativa, a través de la página web del CEJ: www.cej-mjusticia.es
 
Madrid, 16 de diciembre de 2014.- El Director, Antonio Zárate Conde

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